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APENDICE II Y III
Cualquier diseño de un palo o bola que no esté recogido
por las Reglas 4 y 5 y los Apéndices II y
III, o que podrían cambiar substancialmente la naturaleza del juego,
deberá someterse a la Real
Federación Española de Golf, quién en caso necesario
consultará con el R & A.
Las dimensiones contenidas en los Apéndices II y III se refieren
al sistema mátrico decimal. Se
incluye también para información una con conversión
al sistema métrico, usando una relación de
25,4 mm = 1 pulgada. En caso de cualquier disputa sobre la conformidad
de un palo o una bola,
prevalecerá la medida imperial.
APENDICE II - Diseño de Palos
Un jugador que tenga alguna duda sobre la conformidad de un palo debería
consultar con la Real
Federación Española de Golf.
Un fabricante debería presentar a la Real Federación Española
de Golf dos muestras del palo que
se propone fabricar, una de las muestras será enviada al R &
A, para que resuelva si dicho palo
cumple con las Reglas. Si un fabricante no presenta las muestras o no
espera una decisión antes
de fabricar y/o comercializar el palo, el fabricante asume el riesgo de
una decisión de que el palo
no es conforme con las Reglas. Cualquier muestra presentada a la Real
Federación Española de
Golf y al R & A quedará en propiedad de los mismos a efectos
de referencia.
Los siguientes párrafos establecen las regulaciones generales para
el diseño de palos, junto con
especificaciones e interpretaciones. En “Una Guía a las Reglas
Sobre Palos y Bolas” se proporciona
más información relativa a estas Reglas y a su correcta
interpretación.
Cuando un palo, o parte de un palo, tiene que tener alguna propiedad específica,
significa que
debe ser diseñado y fabricado con el propósito de que posea
esa propiedad. El palo terminado o la
parte del palo terminada deben tener esa propiedad dentro de las tolerancias
de fabricación
apropiadas para el material usado.
1. Palos
a. General
Un palo es un instrumento diseñado para golpear la bola y normalmente
existen tres tipos:
maderas, hierros y putters, que se distinguen por su forma y por el uso
que se les quiere dar . Un
putter es un palo que tiene un ángulo de elevación (loft)
que no excede de los diez grados y
diseñado principalmente para ser usado en el green.
El palo no debe ser sustancialmente diferente de la tradicional y acostumbrada
forma y
fabricación. El palo debe estar compuesto de una varilla y una
cabeza. Todas las partes del palo
deben ser fijas de forma que el palo sea una unidad, y no debe tener acoplamientos
externos
excepto lo que de otra manera permitan las Reglas.
b. Ajustabilidad
Las maderas y hierros no deben ser diseñados para ser ajustables,
excepto en el peso. Los putter
pueden diseñarse para ser ajustables en el peso y también
se permiten algunas otras formas de
ajustabilidad. Todos los métodos de ajuste permitidos por las Reglas
requieren que:
(i) el ajuste no puede hacerse con facilidad;
(ii) todas las partes ajustables estén firmemente fijadas y no
hay una razonable probabilidad de
que se aflojen durante una vuelta; y
(iii) Todas las configuraciones de los ajustes cumplen con las Reglas.
La penalidad de descalificación por cambiar intencionadamente las
características de juego de un
palo durante una vuelta estipulada (Regla 4-2a) se aplica a todos los
palos, incluyendo el putter.
c. Longitud.
La longitud total del palo debe ser como mínimo de 457,2 mm (18
pulgadas) y, excepto para
putters, no debe exceder de 1.219,48 mm ( 48 pulgadas). Para las maderas
y los hierros, la
medida de la longitud se hace con el palo reposando en un plano horizontal
y la planta o base
situada en un ángulo de 60º con dicho plano, como muestra
la Fig. I. La longitud está definida por
la distancia desde el punto de intersección de los dos planos hasta
el extremo de la empuñadura
(grip). Para los putters, la longitud se mide desde el extremo de la empuñadura
(grip), a lo largo
del eje de la varilla o de la extensión de una línea recta
de ella, hasta la base del palo.
Nota: Los palos que infringen el límite máximo de longitud
especificado en el Apéndice II, 1c, que
estaban en uso o comercializados antes del 1º de enero de 2004 y
que por lo demás son
conformes con las Reglas, pueden ser usados hasta el 31 de diciembre de
2004.
d. Alineación.
Cuando el palo está en su posición normal al preparar el
golpe, la varilla debe estar alineada de tal
manera que:
(i) la proyección de la parte recta de la varilla sobre el plano
vertical que forman la punta y el
talón, debe tener una divergencia de la vertical de al menos diez
grados (ver la Figura II);
Figura III
(ii) la proyección de la parte recta de la varilla sobre el plano
vertical a la línea de juego prevista,
no debe separarse más de 20 grados hacia delante o 10 grados hacia
atrás (ver la Figura III).
Excepto para los putters, toda la parte del talón del palo debe
reposar dentro de la distancia de
15,88 mm (0,625 pulgadas) del plano que contiene el eje de la parte recta
de la varilla y la
supuesta línea (horizontal) de juego (ver la Figura IV).
Figura IV
2. Varilla
a. Rectitud
La varilla debe ser recta desde el extremo superior de la empuñadura
(grip) hasta un punto que
no esté a más de 127 mm (5 pulgadas) por encima de la planta
(sole), medida desde el punto
donde la varilla deja de ser recta a lo largo del eje curvado de la varilla
y el cuello y/o casquillo
(ver la Figura V).
Figura V
b. Propiedades de Flexión y Torsión.
En cualquier punto a lo largo de su longitud la varilla debe:
(i) flexionar de tal manera que la desviación es la misma, independientemente
de cómo es girada
la varilla respecto a su eje longitudinal; y
(ii) torsione lo mismo en ambas direcciones.
c. Sujeción a la Cabeza del Palo.
La varilla debe estar sujeta a la cabeza del palo en el talón,
bien directamente o por medio de un
sencillo cuello liso y/o casquillo. La longitud desde la parte superior
del cuello y/o casquillo hasta
la planta o base del palo no debe exceder de 127 mm (5 pulgadas), medida
a lo largo del eje y
siguiendo cualquier curvatura en el cuello y/o en el casquillo (ver la
Figura VI).
Excepción para Putters: La varilla o cuello o casquillo de un putter
puede fijarse a cualquier
punto de la cabeza.
Figura VI
3. Empuñadura (Ver Fig. VII)
La empuñadura consiste en un material añadido a la varilla
para permitir al jugador conseguir una
sujeción firme. La empuñadura será recta y sencilla
(plain) en la forma, debe extenderse hasta el
final de la varilla y no debe estar moldeada para ninguna parte de las
manos. Si no se ha añadido
ningún material, esta parte de la varilla diseñada para
ser sujetada por el jugador debe ser
considerada como la empuñadura.
(i) para los palos que no sean putters la empuñadura debe ser de
sección circular, excepto que
puede incorporarse a lo largo de toda la empuñadura una nervadura
(rib) continua, recta y
ligeramente saliente, y se permite un ligero relieve en espiral sobre
una empuñadura encintada o
una imitación de la misma.
(ii) Una empuñadura de putter puede tener una sección transversal
no circular, siempre que dicha
sección no sea cóncava, sea simétrica y se mantenga
generalmente semejante a lo largo de toda
la empuñadura. (Ver Cláusula (v) al dorso).
Figura VII
(iii) La empuñadura puede ser cónica pero no debe tener
ninguna protuberancia ni talle. Las
dimensiones de su sección transversal medida en cualquier dirección
no debe exceder de 44,45
mm (1,75 pulgadas).
(iv) Para los palos que no sean putters el eje de la empuñadura
debe coincidir con el eje de la
varilla.
(v) Un putter puede tener dos empuñaduras siempre que cada una
sea circular en su sección
transversal, que el eje de cada una coincida con el eje de la varilla,
y estén separados como
mínimo 38 mm (1,5 pulgadas).
4. Cabeza del Palo.
a. Sencilla en su Forma.
La cabeza del palo debe ser generalmente sencilla en su forma. Todas sus
partes deben ser
rígidas, estructurales en esencia y funcionales. No es fácil
en la práctica definir “sencilla en su
forma” con precisión y de manera exhaustiva, pero las características
que podrían infringir este
requisito y por lo tanto no son permitidas, incluyen:
(i) agujeros a través de la cabeza,
(ii) material transparente añadido para otros fines que no sean
decorativos o estructurales,
(iii) añadidos al cuerpo principal de la cabeza tales como bultos,
chapas, barras o aletas,
con el propósito de cumplir especificaciones sobre dimensiones,
para apuntar o para cualquier otro
propósito. Pueden hacerse excepciones para los putters.
Los surcos o placas en la base no deben prolongarse a la cara del palo.
b. Dimensiones.
(i) Maderas
Cuando el palo esta en un ángulo de reposo de 60º, las dimensiones
de la cabeza deben ser tales
que:
(a) La distancia desde el talón a la punta de la cabeza del palo
es mayor que la distancia de la
cara a la parte posterior de la cabeza del palo;
(b) La distancia desde el talón a la punta de la cabeza del palo
no es mayor de 127 mm (5
pulgadas); y
(c) La distancia desde la base a la cara (crown) más alta de la
cabeza no es mayor de 71,12
mm (2,8 pulgadas).
Estas dimensiones se miden sobre líneas horizontales entre las
proyecciones verticales de los
puntos más extremos de:
. El talón y la punta; y
. La cara y la parte posterior (ver Fig. VIII, dimensión A);
y sobre líneas verticales entre las proyecciones horizontales de
los puntos más externos de la
base y la parte más alta (crown) de la cabeza del palo (ver Fig.
VIII, dimensión B). Si el punto
más extremo del talón no está claramente definido,
se considera que está 22,23 mm (0,875
pulgadas) por encima del plano horizontal sobre el que reposa el palo
(Ver Fig VIII, dimensión
C).
Figura VIII
El tamaño de la cabeza del palo no debe exceder de 460 centímetros
cúbicos (28,06 pulgadas
cúbicas), más una tolerancia de 10 centímetros cúbicos
(0,61 pulgadas cúbicas).
Nota: Los palos que infrinjan el límite de tamaño máximo
como está especificado en el Apéndice
II, 4b (i), que estaban en uso o comercializados antes del 1 de enero
de 2004 y que de otra
manera son de conformidad con las Reglas, pueden ser usados hasta el 31
de diciembre de 2004.
(ii) Hierros y Putters
Cuando la cabeza del palo está en su posición normal preparatoria
para el golpe las dimensiones
de la cabeza deben ser tales que la distancia desde el talón a
la punta es mayor que la distancia
desde la cara a la parte posterior de la cabeza. Para las cabezas de forma
tradicional, estas
dimensiones serán medidas sobre líneas horizontales entre
las proyecciones verticales de los
puntos más externos de:
. El talón y la punta; y
. La cara y la parte posterior
Para cabezas de palos con formas inusuales, las dimensiones de la punta
al talón pueden hacerse
en la cara del palo.
c. Cara para Golpear
La cabeza del palo debe tener solamente una cara para golpear, excepto
que un putter puede
tener dos caras si sus características son las mismas, y están
opuestas una a la otra.
5. Cara del Palo
a. General.
El material y la construcción de, o cualquier tratamiento aplicado
a, la cara o cabeza del palo no
debe tener el efecto de un muelle (prueba en archivo) en el impacto, ni
impartirá
significativamente una mayor o menor rotación (spin) a la bola
que una cara normal de metal, o
tener cualquier otro efecto que podría influir indebidamente en
el movimiento de la bola.
La cara del palo debe ser dura y rígida (se puede hacer alguna
excepción para los putters) y,
excepto para las marcas relacionadas más adelante, debe ser lisa
y no debe tener ningún grado de
concavidad.
b. Rugosidad y Material del Área de Impacto.
Con la excepción de las marcas especificadas en los párrafos
siguientes, la rugosidad de la
superficie dentro del área donde se desea que se produzca el impacto
("área de impacto") no
debe exceder de la que deja el pulido decorativo o el fresado fino (ver
Fig. IX).
La totalidad del área de impacto debe ser del mismo material. Pueden
hacerse excepciones para
los palos de madera.
Figura IX
c. Marcas del Area de Impacto
Las marcas en el área de impacto no deben tener bordes cortantes
o abultados que se descubran
al probar pasando el dedo. Las estrías o marcas de perforación
(punch marks) en el área de
impacto deben cumplir las especificaciones siguientes:
(i) Estrías. Pueden usarse series de estrías con lados divergentes
y una sección transversal
simétrica (ver Figura X).
. La anchura y la sección transversal deben ser constantes en toda
la cara del palo, y en toda la
longitud de las estrías.
. Cualquier redondeo de los bordes de las estrías debe ser circular
con un radio que no exceda de
0,508 mm (0,020 pulgadas).
. La anchura de las estrías no debe exceder de 0,9 mm (0,035 pulgadas),
utilizando el método de
medida de 30 grados archivado en el R & A.
. La distancia entre los bordes de estrías adyacentes no debe ser
inferior a tres veces la anchura
de una estría y no menor de 1,905 mm (0,075 pulgadas).
. La profundidad de la estría no debe exceder de 0,508 mm (0,020
pulgadas).
(ii) Marcas de Perforación. Pueden usarse marcas de perforación.
. El área de cualquiera de estas marcas no debe exceder de 2,84
mm cuadrados (0,0044 pulgadas
cuadradas).
. Una marca no debe estar de una marca adyacente más cerca de 4,27
mm (0,168 pulgadas)
medida de centro a centro.
. La profundidad de una marca de perforación no debe exceder de
1,02 mm (0,0040 pulgadas).
• Si las marcas de perforación se utilizan en combinación
con estrías, una marca de perforación
no debe estar más cerca de 4,27 mm (0,168 pulgadas) de la estría,
medido de centro a
centro.
Figura X
d. Marcas Decorativas.
El centro del área de impacto puede indicarse por un dibujo dentro
de los límites de un cuadrado
cuyos lados tienen una longitud de 9,53 mm (0,375 pulgadas). Dicho dibujo
no debe influir
indebidamente en el movimiento de la bola. Se permiten marcas decorativas
fuera del área de
impacto.
e. Marcas en la Cara de Palos no Metálicos.
Las especificaciones anteriores se aplican a los palos en los cuales el
área de impacto de la cara es
de metal u otro material de dureza similar. No se aplican a los palos
con caras hechas de otros
materiales y cuyo ángulo de inclinación es de 24 grados
o menos, pero están prohibidas las
marcas que podrían influir indebidamente en el movimiento de la
bola. Los palos con este tipo de
cara y un ángulo de inclinación de más de 24 grados,
pueden tener estrías con una anchura
máxima de 1,02 mm (0,040 pulgadas) y una profundidad máxima
de una vez y media (1 ½) la
anchura de la estría, pero deben en todo caso ser conformes con
las especificaciones sobre marcas
establecidas anteriormente.
f. Marcas en la Cara de los Putters.
Las especificaciones anteriores con respecto a la rugosidad, material
y marcas en el área de
impacto no se aplican a los putters.
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